miércoles, 27 de febrero de 2013

Curso Administración de la Tesoreria


1.- Introducción.

El entorno competitivo actual obliga a cualquier empresa que quiera sobrevivir a gestionar óptimamente sus activos y pasivos. Esta gestión se concentra en trabajar con los mínimos activos posibles y se materializa en nuevas técnicas de gestión de stocks y planteamientos equivalentes para otros activos tales como los inmovilizados.

En lo que respecta a la tesorería nos encontramos con una situación similar por un lado se trata de trabajar con una Tesorería que minimice los costos financieros y maximice los ingresos financieros. Por otro lado, la Gestión de Tesorería ha de organizarse con el objetivo de reducir en la medida de lo posible la carga de trabajo que exige. Para ello se intenta reducir el número de cuentas bancarias con las que opera la empresa.

De  esta forma no sólo se evita la simultaneidad de saldos en contra sino que se eliminan trabajos administrativos superfluos. Además no se puede olvidar el objetivo prioritario de toda Gestión de Tesorería, que consiste precisamente en garantizar el pago en el momento adecuado de todos los compromisos adquiridos.

Esta nueva forma de gestionar la Tesorería no está exenta de complejidades ya que se han de confeccionar Presupuestos de Caja a corto plazo que requieren ser revisados cada mañana. Además, la Tesorería tiene que tener información en tiempo real sobre cobros, pagos y saldos. Para ello, tiene que estar conectado informáticamente con las entidades de crédito y disponer de programas informáticos que gestionen una gran cantidad de información y rentabilicen su tiempo.

Además la Tesorería tiene que conocer lo que le ofrecen los mercados en cada momento, tanto para invertir los recursos excedentes como para financiar sus necesidades. En este sentido, la Tesorería tiene que estar familiarizada con productos financieros cada vez más complejos en los que la problemática de la incertidumbre sobre los tipos de interés se combina con la de los tipos de cambio y los instrumentos de cobertura de riesgos.

Lo anterior obliga a los que trabajan en las áreas de gestión de fondos a perfeccionarse constantemente con el fin de desarrollar habilidades directivas, de tal forma que ellas le permitan  desenvolverse en situaciones de alto stress o el saber negociar en condiciones ventajosas con sus proveedores, que son las entidades de crédito.

Todo esto hace que la Tesorería sea cada vez menos un emisor de cheques y cada vez más la responsable de un centro de  beneficios que requiere formación muy especializada, ya que de ello dependen los activos, los pasivos, los ingresos y los gastos que produce su gestión.

Diferencias entre Contabilidad y Tesorería.

Los movimientos y operaciones que realiza la Empresa en forma permanente se controlan de acuerdo con unas normativas y exigencias de devengado realizado, que dan origen a la Contabilidad.

Para una gestión adecuada de la Tesorería, estos movimientos contables, se deben contemplar desde la perspectiva de la disponibilidad real de los fondos, con prescindencia de la fecha de contabilización del cobro o ingreso.

Por ejemplo, desde la perspectiva contable, el cobro figurará como ingreso en el momento de la recepción del documento que justifique tal operación.

En cambio, desde el punto de vista de Gestión de Tesorería, se atenderá a los siguientes aspectos:

·         Posición bancaria.
·         Posición fecha valor.
·         Posición previsional.

En la siguiente figura se pueden observar las diferencias entre la Contabilidad y la Gestión de la Tesorería.


CONTABILIDAD                                               TESORERÍA

Fecha contable                                                     Fecha valor
Hechos                                                                 Hechos +  Provisiones
Saldo a fin de mes                                                Saldo Diario
Exactitud                                                              Estimaciones
Informaciones sobre el pasado                            Información sobre el futuro
Estático                                                                Dinámico
Indicadores de calidad del presupuesto (cuantitativos).

·         Desviación en porcentaje del presupuesto operativo.
·         Desviación en porcentaje del presupuesto de inversiones.
·         Desviación en porcentaje del circulante.
·         Desviación en porcentaje del presupuesto de tesorería ( cash – flow).
 
Estos indicadores miden la calidad del presupuesto desde un punto de vista cuantitativo. Son el objetivo fundamental de la presupuestación, ya que sin un análisis a posteriori de las desviaciones producidas no tendría excesivo sentido el presupuestar.

Como ya se ha mencionado, una vez que los presupuestos llegan a su vencimiento, ya sea mensual o trimestralmente, debe incluirse un período mas de presupuestación  para mantener el horizonte previsional marcado en la política de la empresa. Los presupuestos vencidos deben comparase con la realidad estableciendo las desviaciones producidas entre esta realidad y lo presupuestado. Las desviaciones deben dar información suficiente, una vez analizadas, como para detectar los motivos por los que la presupuestación estaba equivocada, ya sea a favor o en contra, siendo importante analizarlas todas, cualquiera que sea su signo.

Por otro lado, cabe señalar también la importancia de corregir los presupuestos una vez analizadas las desviaciones. Cuando se han encontrado las razones de las mismas, es necesario retocar las previsiones que aún se mantienen vigentes, para que éstas tengan validez suficiente como para ayudar a la Dirección a tomar las decisiones necesarias en cualquiera de las áreas que necesiten un reajuste.

Calidad del proceso de presupuestación periódica (trimestral, cualitativo).

Mide la existencia o no del presupuesto periódico, que normalmente tendrá una periodicidad trimestral. También tiene en cuenta que departamentos son responsables de la elaboración del mismo, así como la involucración de los distintos departamentos en su elaboración. Se analizan las herramientas utilizadas para la elaboración de los presupuestos.

La empresa se encontrará en una posición excelente respecto de este indicador cuando además de participar en su elaboración los departamentos no financieros, éstos transmiten la información a través de un sistema de software totalmente integrado, generando la información automáticamente para ayudar a la Dirección en la toma de decisiones. Las previsiones se realizan no sólo con cobros y pagos, sino que también se incluyen las posiciones.

Indicadores de calidad del presupuesto periódico (cuantitativo).

Es el porcentaje de desviaciones, al igual que el presupuesto anual.

Calidad del proceso de presupuestación operativo ( detalle diario, cualitativo).

Mide si se realiza o no dicho presupuesto, así como la periodicidad de su actualización y cuáles son los conceptos que se recogen en las distintas partidas presupuestadas.

La empresa se encontrará en una posición excelente respecto del indicador si la gestión de su tesorería se realiza por fecha valor, por fecha de operación, por monedas, por movimientos operativos y financieros, siempre destacando cuáles son los relevantes para cada tipo de empresa. Además, el software utilizado debe estar integrado con el resto de  departamentos y de sistemas financieros, al igual que debe permitir la realización de simulaciones que ayuden al gestor de la tesorería a tomar decisiones.

Tenemos el agrado de invitarles a nuestro curso administración de la tesorería a realizarse el día 05 de marzo del 2013, en Alonso De Ovalle 1287, esquina Nataniel Cox. Metro Moneda, si desea conocer el temario del curso le invitamos a hacer clic en el siguiente link:


http://www.mundolaboral.cl/index.php/oferta-cursos/cursos-abiertos/2-abiertos/7-administracion-de-la-tesoreria




martes, 26 de febrero de 2013

Material Gratuito


Material Gratuito

Tenemos a su disposición material  en audio y libros digitales de diferentes áreas de la gestión tanto de empresas como de personas áreas, como forma de beneficiarlo,para poder recibir algunos de los títulos de nuestra librería.
Para poder recibir alguno de nuestro material gratuito ,solo debe enviar un correo a gestionhumana@hotmail.cl, indicando lo siguiente.
  • Nombre y Apellidos
  • Cargo y empresa a la que pertenece
  • Dirección de correo eléctronico de la empresa y particular
  • Teléfono de contacto.
  • Indicar el nombre del libro y darle clic en compartir,para ayudarnos a difundir
De esta manera le enviaremos un enlace, donde podrá descargar de manera totalmente gratuita directamente a su pc, el material que sea de su interés.

Si desea ver una descripción detallada del material  que tenemos a su disposición, le invitamos a visitar nuestro catalogo virtual en pagina en facebook en la sección tienda on line, haciendo clic en el siguiente link.

Legislación Laboral

Entendiendo que la aplicación y enseñanza de las leyes laborales, permiten ofrecer equidad en materia de conocimiento tanto de los derechos, como de los deberes laborales, ponemos a su disposición material relacionado con la normativa laboral.

Comportamiento Organizacional

Comprendemos que las personas no conviven solas, sino que forman parte de una organización, la que posee una forma dinámica de funcionar, con los materiales que ofrecemos buscamos dar respuesta a interrogantes que faciliten el entendimiento de la forma en que se conducen a las personas, sus comportamientos y como predecir la conducta de los empleados, con el fin de cumplir los objetivos organizacionales.
Liderazgo

El liderazgo lo podemos definir como la capacidad de una persona para movilizar los comportamientos de las personas, con el fin de lograr un objetivo, creemos que la capacidad de liderazgo puede ser tanto innata como entrenable, si es innata se puede mejorar  y si no se posee se puede desarrollar, entregamos a nuestros clientes la oportunidad de aprender y entrenar el liderazgo, requisito indispensable para que la empresa de hoy haga frente a los desafíos de un mundo que se encuentra  en constantes cambios.

Gestión De Recursos Humanos

En los materiales que ofrecemos, nuestro principal objetivo, es capacitar a las organizaciones para que se familiaricen con la variedad de temas que componen esta disciplina y como esta permite agregar valor para las empresas, si se sabe como integrarla en la organización, estos materiales van desde la introducción de los temas mas básicos, hasta temas tan especializados como lo es la Auditoria de Recursos  Humanos.


Ética y Responsabilidad Social Empresarial
    
Cada vez más, las organizaciones están tomando conciencia que las decisiones que toman a diario, no las afectan solamente a ellas, sino también a su entorno, esto hace necesario conocer más a fondo estas temáticas que nos ayudan a la creación de una sociedad más justa y formar organizaciones más confiables hacia la comunidad.

lunes, 25 de febrero de 2013

administracion de la tesoreria


1.- Introducción.


El entorno competitivo actual obliga a cualquier empresa que quiera sobrevivir a gestionar óptimamente sus activos y pasivos. Esta gestión se concentra en trabajar con los mínimos activos posibles y se materializa en nuevas técnicas de gestión de stocks y planteamientos equivalentes para otros activos tales como los inmovilizados.

En lo que respecta a la tesorería nos encontramos con una situación similar por un lado se trata de trabajar con una Tesorería que minimice los costos financieros y maximice los ingresos financieros. Por otro lado, la Gestión de Tesorería ha de organizarse con el objetivo de reducir en la medida de lo posible la carga de trabajo que exige. Para ello se intenta reducir el número de cuentas bancarias con las que opera la empresa.

De  esta forma no sólo se evita la simultaneidad de saldos en contra sino que se eliminan trabajos administrativos superfluos. Además no se puede olvidar el objetivo prioritario de toda Gestión de Tesorería, que consiste precisamente en garantizar el pago en el momento adecuado de todos los compromisos adquiridos.

Esta nueva forma de gestionar la Tesorería no está exenta de complejidades ya que se han de confeccionar Presupuestos de Caja a corto plazo que requieren ser revisados cada mañana. Además, la Tesorería tiene que tener información en tiempo real sobre cobros, pagos y saldos. Para ello, tiene que estar conectado informáticamente con las entidades de crédito y disponer de programas informáticos que gestionen una gran cantidad de información y rentabilicen su tiempo.

Además la Tesorería tiene que conocer lo que le ofrecen los mercados en cada momento, tanto para invertir los recursos excedentes como para financiar sus necesidades. En este sentido, la Tesorería tiene que estar familiarizada con productos financieros cada vez más complejos en los que la problemática de la incertidumbre sobre los tipos de interés se combina con la de los tipos de cambio y los instrumentos de cobertura de riesgos.

Lo anterior obliga a los que trabajan en las áreas de gestión de fondos a perfeccionarse constantemente con el fin de desarrollar habilidades directivas, de tal forma que ellas le permitan  desenvolverse en situaciones de alto stress o el saber negociar en condiciones ventajosas con sus proveedores, que son las entidades de crédito.

Todo esto hace que la Tesorería sea cada vez menos un emisor de cheques y cada vez más la responsable de un centro de  beneficios que requiere formación muy especializada, ya que de ello dependen los activos, los pasivos, los ingresos y los gastos que produce su gestión.


Diferencias entre Contabilidad y Tesorería.

Los movimientos y operaciones que realiza la Empresa en forma permanente se controlan de acuerdo con unas normativas y exigencias de devengado realizado, que dan origen a la Contabilidad.

Para una gestión adecuada de la Tesorería, estos movimientos contables, se deben contemplar desde la perspectiva de la disponibilidad real de los fondos, con prescindencia de la fecha de contabilización del cobro o ingreso.

Por ejemplo, desde la perspectiva contable, el cobro figurará como ingreso en el momento de la recepción del documento que justifique tal operación.

En cambio, desde el punto de vista de Gestión de Tesorería, se atenderá a los siguientes aspectos:

·         Posición bancaria.
·         Posición fecha valor.
·         Posición previsional.

En la siguiente figura se pueden observar las diferencias entre la Contabilidad y la Gestión de la Tesorería.

CONTABILIDAD                                               TESORERÍA

Fecha contable                                                     Fecha valor
Hechos                                                                 Hechos +  Provisiones
Saldo a fin de mes                                                Saldo Diario
Exactitud                                                              Estimaciones
Informaciones sobre el pasado                            Información sobre el futuro
Estático                                                                Dinámico


El efecto de flotamiento.

Este concepto, mas conocido por float, es el compendio de los conceptos referidos anteriormente.

Desde el momento que la empresa adquiere una mercadería y la satisface  efectivamente, puede transcurrir un cierto período de tiempo durante el cual  la empresa se está beneficiando, de la posesión del bien adquirido y del dinero.

Cuando se trate de la venta el efecto es inverso. Desde que el vendedor entrega su mercadería hasta que dispone efectivamente del dinero equivalente a esa venta, transcurre un cierto período de tiempo que debe financiar.

Cabe destacar dos tipos de float. El float financiero y el float comercial a los que pasamos a referirnos:

El float comercial. Es el período que transcurre desde la entrega del producto al cliente hasta la disponibilidad efectiva de su importe. Este efecto beneficia al comprador, siempre que el vendedor no perciba ningún tipo de retribución por el aplazamiento.

Este período, comprende, generalmente: 1°) la entrega del producto en cuyo momento comienza el período de crédito, 2°) el vencimiento acordado de antemano, 3°) la instrumentación del cobro, 4°) la fecha real del mismo, 5°) el ingreso del citado cobro en cuenta y 6°) la fecha real de disponibilidad. Obviamente en el caso de cobro en efectivo, todo este proceso se reduce a la percepción del dinero.

El float financiero. Se reduce al período que va desde la percepción del documento de cobro hasta la disponibilidad real del dinero. Siguiendo el desarrollo de la definición del float comercial, correspondería a los puntos 4°, 5° y 6°.

La Gestión de la Tesorería, estriba, como se puede observar en alargar los plazos del float cuando se trate de la función de pagos, y acortarlos lo máximo posible cuando corresponde a la gestión de cobros.

 .- Recaudación Electrónica.                

Ejemplo.
El avance tecnológico del país, así como el acelerado desarrollo de Internet en las empresas, ya sea por necesidades comerciales o por obligaciones emanadas de organismos contralores como el Servicio de Impuestos Internos,  reforzó la idea de un sistema que, utilizando la capacidad instalada en las empresas y las ventajas de la red Internet, permitiera lograr un producto eficiente y de bajo costo que pudiera ser puesto a disposición de las empresas.

Se crea así el Sistema de Recaudación Electrónica, el que de una manera simple y eficiente permite a las empresas reducir sus procesos administrativos de generar las planillas de declaración de cotizaciones previsionales y simplificar la obligación de pago de las mismas. A su vez permite en este caso, a las Cajas de Compensación, como entes recaudadores, brindar una mejor atención a quienes concurren a declarar y pagar, entregando un servicio de mejor calidad, más oportuno y de menor costo a las entidades de previsión.

¿ Cómo opera ? La operación del Sistema es el siguiente:

En las empresas:
Las empresas reciben un software que instalarán en un PC de su propiedad, previa firma de un Convenio Mandato entre ella y su Caja de Compensación.

Este software permite:
§  Ingresar la información, digitando los datos de sus trabajadores o importándolo directamente de su sistema de remuneraciones.
§  Validar la información para evitar errores de digitación y de cálculos.
§  Generar archivo seguro para su envío a través de Internet.
§  Recibir comprobante de pago para cancelar con un cheque único en las oficinas de las Cajas.
§  Mantener archivo histórico de lo enviado.


En las Cajas de Compensación:
Las Cajas han desarrollado la siguiente infraestructura tecnológica de soporte para este servicio:
§  Canales de comunicación amplios que permitan una comunicación a las empresas que envíen sus archivos, con un acceso sin demoras.
§  Equipos de recepción de información exclusivos para la recaudación electrónica.
§  Equipos y software para procesar la información y generar los archivos para impresión y envío a las Entidades de Previsión que suscriban convenio.
§  Impresión de planillas para las entidades y empresas mientras se mantenga esta obligación.
§  Envío de los archivos a cada entidad previsional.

En las Entidades de Previsión:
Para operar, estas entidades deberán suscribir un anexo al Convenio que actualmente mantienen con las Cajas, incorporando este nuevo sistema. La información electrónica recibida y procesada por las Cajas podrán recibirla a través de Internet o de algún medio físico.




si desea conocer en profundidad como administrar de manera eficiente y eficaz , la tesoreria de la empresa,le invitamos a inscribirse en nuestro curso Conceptos, métodos y técnicas para la administración de la Tesorería, que se realizara los dias : 5-7-12-14-19-21-26 de Marzo de 2013 

Mayor información en el siguiente link:

domingo, 17 de febrero de 2013

ANÁLISIS TEÓRICO Y PRÁCTICO DE LA NORMATIVA QUE RIGE EL CÁLCULO DE LAS REMUNERACIONES


ÍTEMS DE PAGO A LOS TRABAJADORES


1.      Aguinaldo de Fiestas Patrias
es remuneración porque no se encuentra incluido expresamente en el inciso segundo del articulo 41 del código del trabajo (dictámenes 321/27, de  19.01.93 y 7.143/340, de 30.12.96, de la dirección del trabajo).
es imponible respecto del mes que percibió o devengo, a menos que se trate de un aguinaldo concedido por ley a funcionarios públicos y que se haya establecido que constituye un beneficio no imponible (oficio 380, de 09.01.96 de la superintendencia de seguridad social).
es tributable como mayor renta del respectivo mes en que se percibió o devengo (circular 66, 6, letra  e) de 20.05.77, del servicio de impuestos internos).

2.      Anticipos de Gratificación
es remuneración.  es imponible y tributable, y para determinar la parte de dichos beneficios que se encuentran afecta a imposiciones e impuestos en relación con el límite máximo de imponibilidad mensual, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprende el período a que corresponde y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales, las imposiciones e impuestos se deducirán de la parte de tales beneficios que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no excede del límite máximo de imponibilidad (oficio 10.681, de 05.10.95, de la superintendencia de seguridad social y oficio 241, de febrero de 1995, de la superintendencia de administradoras de fondos de pensiones).

3.      Arrendamiento de Casa
es remuneración en especie.  es imponible,  no es tributable si el empleador arrienda la casa a su propio nombre, paga directamente la renta (precio razonable, a juicio del director regional del s.i.i.) y en el contrato de trabajo se señala expresamente que por necesidad del empleador, el trabajador deberá en un lugar distinto de aquel en que se encuentra  su residencia habitual y que debido a las exigencias propias del cargo que sirve, el trabajador ocupara, sin costo alguno, la casa que le proporcionara el empleador (oficio 1.895, de 10.04.75, del servicio de impuestos internos).

4.      Asignación de Antigüedad
es remuneración.  es imponible mensualmente respecto del mes en que se percibió o devengó.
es tributable como mayor renta del respectivo mes en que se perciba o devengue (circular 66, 6, letra k) de 20.05.77, del servicio de impuestos internos).

5.      Asignación de Asistencia
es un estipendio pagado a los trabajadores con el objeto de incentivar su asistencia a los días laborables del período.
es remuneración.  es imponible.  es tributable.

6.      Asignación de Responsabilidad de Cargo
es un estipendio fijo en dinero pagado mensualmente al beneficiario, conjuntamente con el sueldo base, otorgado en consideración del cargo asignado al trabajador (dictamen 2.783/169, de 04.06.93, de la dirección del trabajo)
es remuneración porque se trata de una contraprestación en dinero a que el trabajador tiene derecho por causa del contrato de trabajo y que además no se encuentra expresamente excluida como tal (dictamen 2.783/169, de 04.06.93, de la dirección del trabajo).
es imponible porque constituye remuneración.  es tributable.

7.      Asignación de Casa
es remuneración (dictámenes 2.087/84, de 03.04.96 y 7.630/316, de 20.11.95 y 1.753/77 de 20.03.95, de la dirección del trabajo).
es imponible, es tributable mensualmente, como mayor renta  (circular 66, 6, letra c) de 20.05.77, del servicio de impuestos internos).

8.      Asignación de Colación
no constituye remuneración porque tiene un carácter de compensatorio, pero su monto debe ser razonable y prudente en relación con la finalidad para la cual ha sido establecida lo que acontecerá cuando los valores que se entreguen por tal concepto guarden relación con el costo real o aproximado que, según el caso y el dependiente de que se trate, signifiquen los gastos de alimentación durante las horas de trabajo, cuestión de hecho que corresponde calificar al respectivo inspector del trabajo (dictámenes 3.160/115, de 26.04.87, 1.538/100, de 06.04.93 y 1.206/74, de 22.03.93, de la dirección del trabajo)
no es imponible, a condición que sea de un monto prudente y razonable a la finalidad para la cual han sido establecidas, circunstancia que calificara la respectiva institución de previsión, ante la cual se enteren las respectivas cotizaciones de los trabajadores. para ello esta ultima debe considerar su monto en relación con el valor que normalmente se paga a los trabajadores por el rublo destinado a ser cubierto por la respectiva prestación, el rango socioeconómico, jerarquía y nivel de las remuneraciones que se pagan a estos (dictámenes 9.757, de 13.0995 y 7.408 de 08.05.97, ambos de la superintendencia de seguridad social)
no es tributable porque no constituye renta (articulo 17 14 de la ley de la renta), siempre que se trata de una cantidad calificada de razonable por director nacional del s.i.i. el monto de la asignación debe ser razonable y uniforme para todos los trabajadores de la empresa, y su monto debe ser equivalente al valor de un almuerzo corriente. sin embargo, en casos excepcionales podrá ser superior en razón del nivel jerárquico del trabajador, permitiéndose que el personal superior pueda gozar de una asignación de cuantía mayor que el resto de los trabajadores (oficio 2.120, de 24.06.88, del servicio de impuestos internos).

9.      Asignación de Colación de Estudiantes en Práctica
no constituye remuneración (articulo inciso del código del trabajo)
no es imponible porque no constituye remuneración.
es tributable porque el estudiante en práctica profesional no tiene la calidad de  trabajador. la acreditación del pago de dichas asignaciones, se deben efectuar mediante  la emisión de una boleta de honorarios por parte de sus beneficiarios. la empresa que paga las referidas asignaciones, las podría rebajar como un gasto necesario para producir la renta, en la medida que cumplan con los requisitos generales que exige sobre la materia, el inciso primero del articulo 31° de la ley de la renta, esto es, entre otros, que exista una obligación de su pago, que correspondan al ejercicio comercial respectivo, que se encuentren efectivamente pagadas o adeudadas al termino del periodo y que se acrediten en forma fehaciente ante el servicio (oficio 163, de 27.01.97, del servicio de impuestos internos).

10.    ASignación de desgaste de Herramientas
no constituye remuneración por tener un carácter compensatorio, pero sólo cuando su monto sea razonable y prudente en relación a la finalidad para la que ha sido establecida, esto es, guarde relación con el costo real o aproximado del reemplazo o reparación de la herramienta, cuestión de hecho que corresponde calificar al inspector del trabajo (oficio 1367/80, de 30.03.98, de la dirección del trabajo).
no es imponible porque no constituye remuneración.
no es tributable porque constituye un ingreso no constitutivo de renta.

11.    Asignación de Escolaridad
se diferencia de la beca de estudio en que esta asignación se otorga al trabajador como una mayor remuneración que queda a su arbitrio destinarlo a cualquier fin.
constituye remuneración.
es imponible porque constituye remuneración (oficio 2.618, de 05.05.87, de 1998, de la superintendencia de seguridad social).
es tributable  como mayor renta accesoria o complementaria del respectivo mes en que se percibió (circular 41, de 28.07.99, del servicio de impuestos internos).

12.    Asignación de Licencia Médica
es una asignación pagada por la empresa a los trabajadores que poseen un sueldo base superior al tope imponible de 67,4 uf y sus subsidios son calculados sobre la base de dichos topes imponibles,
siendo de cargo de la empresa empleadora la diferencia entre el sueldo base garantizado y el subsidio pagado.
no es imponible porque la remuneración bruta del trabajador excede de las 66 unidades de fomento y durante los periodos de incapacidad laboral no es responsabilidad de las entidades pagadoras de subsidios efectuar las cotizaciones para previsión y salud en las instituciones de previsión que corresponda (oficio 284, de 14.01.91) de la superintendencia de seguridad social).
no es tributable porque se considera un beneficio previsional, asimilable al establecido en él articulo 17 13 de la ley de la renta.




BASE DE CÁLCULO PARA HORAS EXTRAORDINARIAS


El Dictamen  2.092, de la Dirección del Trabajo, de  18.04.86,  expresa que para resolver en general, si un determinado beneficio debe o no ser considerado para el calculo del sobresueldo, será necesario determinar previamente si responde o no al concepto de sueldo en la forma que lo define el Art. 41, letra  a) del Código, esto es, que se trate de un estipendio fijo, que se pague en dinero, en periodos iguales y que tenga su origen en la prestación misma de los servicios del trabajador. El  Bono de asistencia y puntualidad   en su caso, reviste plenamente los caracteres de suelo por estar estipulado en forma fija en el  contrato colectivo de trabajo, efectuarse su pago  en dinero en periodos iguales y tener su origen en la prestación  de servicios, circunstancia que se tiene por cumplida por el hecho que la posibilidad de percibir dicho bono, guarda relación directa con los servicios del dependiente.  El premio de antigüedad, por su parte , también presenta los caracteres propios del sueldo, toda vez que  consiste en un estipendio fijo, pagado en dinero en periodos iguales y que responde a la prestación  de los servicios, atendido que  incrementa el sueldo del trabajador pasando a formar parte integrante del mismo.  El premio de cargo que cumple con el requisito de tratarse de Un estipendio fijo, y cuyo pago se verifica en forma mensual, debe ser considerado como sueldo. Igual cosa respecto del premio de cargo  “ especial “   consistente en una suma de dinero percibida mensualmente, que es equivalente al 70 % del promedio trimestral de los tratos, sujeta a la reajustabilidad que contempla el contrato colectivo para los sueldos.  El premio de producción reviste plenamente los caracteres de sueldo, ya que se trata de un estipendio fijo, pagado en periodos iguales y que tiene su origen en la prestación misma de los servicios del trabajador.

Por el contrario el trato como forma de remuneración  cuya característica fundamental es la de ser variable en su monto, no constituye sueldo, toda vez que no se trata de un estipendio fijo, por lo que no debe ser tomado en consideración para determinar el valor de la hora extraordinaria de trabajo.

Asimismo, la asignación de escolaridad es un beneficio destinado a solventar, esencialmente, los gastos que irrogue al trabajador la educación de sus hijos y no siendo objeto de una prestación de servicios, no puede jurídicamente calificarse  como sueldo.