jueves, 17 de enero de 2013

Contratos

Articulo Numero 7 Del Código del trabajo 


Es la convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, este a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero y aquel a pagar por estos serviciosuna remuneración determinada.



Formalidades del Contrato de Trabajo.

ConsensualEste debe constar por escrito. Debe ser escrito en un plazo que no debe ir mas alla de 15 días, para contratos de tipo indefinido.

En el caso de ser contratos por obra o faena, trabajo o servicio determinado o plazo inferior a 30 dias, este debe estar escrito y firmado en un plazo no mayor a 5 días.

Firmarse: Este debe ser firmado por ambas partes. La negativa a firmar por parte del trabajador, debe ser comunicada a la inspección del trabajo.

El trabajador solo puede negarse a formar el contrato, si el empleador indica condiciones distintas a las pactadas en el contrato.

La Falta de contrato escrito , hace presumir como verdadero lo dicho por el empleador.



Los contratos deben contener como mínimo:

  • Lugar y fecha de suscripción; razón social y rut del empleador; si es persona natural, nombre y rut.Los datos del trabajador: nombre, nacionalidad, rut, estado civil,domicilio y fecha e nacimiento.

Fecha de inicio,lugar de prestación de los servicios y labor que realizara; monto forma y periodo de pago de la remuneracion; duracion, distribucion y horario de la jornada(maximo de 45 horas semanales);duracion del contrato y otros acuerdos que las partes estimen.

El contrato de trabajo puede ser modificado mediante un acuerdo entre las partes, dejando constancia por escrito al dorso o en un anexo.

En algunos casos el empleador puede , sin acuerdo del trabajador, cambiar ciertas condiciones del contrato, siempre que no causen menoscabo moral o económico al trabajador.

No hay comentarios:

Publicar un comentario